By Imasolu
“LAS ACUSACIONES SOBRE LAS MESAS DEL EXTRANJERO NUNCA FUERON VALIDADAS NI DESCARTADAS”: Enzo Elguera en El Comercio (16/06/26)
A medida que avanza el proceso de cómputo de la segunda vuelta de las Elecciones Perú 2026, uno de los temas que generó mayor atención fue el intento de la organización política Juntos por el Perú de anular cientos de mesas de sufragio instaladas en el extranjero. Sin embargo, los recursos presentados fueron declarados improcedentes por el Jurado Electoral Especial (JEE), una decisión que fue analizada por el especialista electoral y CEO de Imasolu, Enzo Elguera, en declaraciones al diario El Comercio.
El caso adquiere relevancia en un contexto donde el país sigue atento al conteo ONPE elecciones 2026, las actas observadas ONPE, el voto pendiente elecciones 2026 y los resultados finales que definirán la elección presidencial.
EL JEE DECLARÓ IMPROCEDENTES LOS PEDIDOS DE NULIDAD
Según informó El Comercio, Juntos por el Perú solicitó la nulidad de 294 mesas de sufragio instaladas en Argentina y otras 174 mesas ubicadas en Estados Unidos, sumando un total de 468 mesas electorales.
La agrupación argumentó la existencia de presuntas irregularidades durante la jornada electoral, incluyendo cuestionamientos al manejo del material electoral, la actuación de miembros de mesa y el procesamiento de determinadas actas provenientes del extranjero.
No obstante, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 determinó que los pedidos no cumplían con los requisitos establecidos por la normativa electoral vigente.
En el caso de Argentina, la solicitud fue presentada fuera del plazo legal establecido para este tipo de recursos. Respecto a Estados Unidos, además de la extemporaneidad, el pedido fue presentado por una persona que no contaba con legitimidad para actuar ante dicho JEE y tampoco se adjuntó el comprobante de pago de la tasa electoral correspondiente.
ENZO ELGUERA: “EL JURADO NO LLEGÓ A ANALIZAR EL FONDO DEL CASO”
Durante su participación en el informe de El Comercio, Enzo Elguera explicó que las resoluciones emitidas por el JEE no evaluaron la veracidad o falsedad de las presuntas irregularidades denunciadas, debido a que los recursos no superaron la etapa de admisibilidad procesal.
“El expediente sobre Estados Unidos incumplió tres requisitos esenciales: fue presentado fuera de plazo, por una persona sin legitimidad para actuar ante ese JEE y sin adjuntar la tasa electoral correspondiente. El expediente sobre Argentina cumplió con la legitimidad del solicitante, pero fue presentado fuera del plazo legal, requisito que por sí solo determina su improcedencia”, señaló Elguera a El Comercio.
El especialista precisó que, al no cumplirse los requisitos establecidos por la legislación electoral, el Jurado Electoral Especial se encontraba impedido de ingresar al análisis de las denuncias planteadas.
“Por ello, el Jurado Electoral Especial no llegó a analizar si existieron o no las irregularidades denunciadas en ninguno de los dos casos”, explicó.
LOS REQUISITOS ELECTORALES SON INSUBSANABLES
Otro de los aspectos destacados por Elguera fue que este tipo de procedimientos tienen plazos extremadamente breves debido a la naturaleza del proceso electoral.
Según indicó, cuando una solicitud de nulidad incumple requisitos esenciales establecidos por la ley, la improcedencia se vuelve definitiva y no existe la posibilidad de corregir posteriormente los errores cometidos.
“Cuando no cumples los requisitos de fondo, son insubsanables. No hay prórrogas ni nada porque es un procedimiento célere en caso de nulidad de un proceso electoral”, afirmó.
Esta precisión resulta especialmente relevante en una etapa donde continúan analizándose las actas observadas ONPE, mientras miles de ciudadanos siguen atentos a los resultados oficiales de la segunda vuelta.
LAS DENUNCIAS NO FUERON VALIDADAS NI DESCARTADAS
Para Elguera, el punto central de las resoluciones emitidas por el JEE es que las acusaciones planteadas por Juntos por el Perú nunca llegaron a ser examinadas por el órgano electoral debido a las deficiencias procesales de los recursos presentados.
“Lo más relevante es que las acusaciones de presuntas irregularidades nunca fueron validadas ni descartadas por el JEE. Sin embargo, desde el punto de vista procesal, los pedidos no se ajustaron a las reglas establecidas para solicitar la nulidad de mesas, principalmente porque fueron presentados fuera del plazo legal de tres días posteriores a la segunda vuelta”, puntualizó.
UN PROCESO ELECTORAL QUE INGRESA A SU ETAPA DEFINITIVA
La decisión del Jurado Electoral Especial representa un nuevo capítulo dentro de una segunda vuelta que continúa marcada por una estrecha diferencia entre los candidatos presidenciales.
En este contexto, el análisis técnico y jurídico de especialistas resulta clave para comprender el alcance real de los recursos presentados y los procedimientos establecidos por la normativa electoral peruana.
Precisamente días antes, Enzo Elguera también analizó para El Comercio el escenario de definición electoral en el artículo “KEIKO FUJIMORI TIENE LA MAYOR PROBABILIDAD ESTADÍSTICA DE GANAR, PERO AÚN NO ES POSIBLE PROCLAMAR UNA VICTORIA” (11/06/26), donde explicó la importancia de esperar el procesamiento de las actas observadas ONPE y del voto pendiente elecciones 2026 antes de considerar cerrado el resultado electoral.
Mientras continúa el avance del conteo ONPE elecciones 2026, la atención permanece puesta en los resultados oficiales que determinarán quién ocupará la Presidencia de la República para el próximo período gubernamental.
Mira la nota completa del El Comercio: https://lnkd.in/eMyymJup