By Imasolu
¿Candidato confirmado? Todavía no: así funcionan las tachas y exclusiones en las Elecciones 2026
En las Elecciones Regionales y Municipales 2026, aparecer en una lista de candidatos no significa necesariamente que la candidatura ya esté firme y definitiva. El proceso electoral contempla una serie de etapas de revisión y mecanismos mediante los cuales pueden cuestionarse determinadas postulaciones antes de que queden oficialmente inscritas.
Esta etapa cobra especial importancia durante agosto y septiembre, cuando los Jurados Electorales Especiales (JEE)deben resolver los procedimientos relacionados con tachas y exclusiones, mientras que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) atiende las apelaciones que correspondan.
El objetivo de este procedimiento es verificar que las candidaturas cumplan las condiciones establecidas por la legislación electoral y que el proceso se desarrolle conforme a las reglas previamente establecidas.
¿Una candidatura publicada ya está asegurada?
No necesariamente.
El JNE explicó que los JEE publican las fórmulas y listas admitidas para que, a partir de esa publicación, se puedan activar los mecanismos previstos por la normativa electoral, entre ellos las tachas. Paralelamente, los órganos electorales continúan con la fiscalización correspondiente de la información presentada por los candidatos.
Por ello, entre la publicación de una candidatura y su inscripción definitiva existe todavía una etapa de evaluación.
En términos sencillos, el proceso puede entenderse así:
Presentación de candidatura → calificación → publicación → tachas/exclusiones → apelaciones → inscripción definitiva.
No todos los candidatos necesariamente pasan por todas estas etapas de la misma manera, pero el sistema contempla estos mecanismos para resolver las controversias que puedan surgir.
¿Qué es una tacha?
La tacha es un mecanismo mediante el cual un ciudadano puede cuestionar una candidatura o una lista cuando considera que existe un incumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa electoral.
No se trata simplemente de expresar una opinión sobre el candidato.
La tacha debe estar fundamentada y sustentarse en las disposiciones legales correspondientes. Es decir, debe existir un argumento relacionado con los requisitos de la candidatura o de la lista.
El procedimiento es evaluado por el Jurando Electoral Especial (JEE) competente, que debe emitir una resolución.
Por eso, una tacha presentada no significa automáticamente que un candidato quede fuera. Primero debe ser analizada y resuelta por la autoridad electoral.
¿Y qué significa que un candidato sea excluido?
La exclusión es diferente.
En términos generales, se produce cuando durante la fiscalización o revisión correspondiente se identifica una situación que determina que el candidato no puede continuar en la contienda, de acuerdo con las normas aplicables.
El JNE ha señalado que los JEE tienen entre sus funciones la fiscalización y el procedimiento relacionado con las declaraciones juradas de hoja de vida, así como la resolución de tachas y exclusiones.
Esto permite revisar información presentada por las propias candidaturas y verificar el cumplimiento de las condiciones exigidas por la legislación electoral.
Por eso, la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) tiene un papel importante durante esta etapa.
¿Qué diferencia existe entre una tacha y una exclusión?
Aunque ambas pueden terminar afectando la participación de una candidatura, no son exactamente lo mismo.
| Tacha | Exclusión |
|---|---|
| Puede ser promovida por un ciudadano que cumpla las condiciones establecidas. | Puede iniciarse como resultado de la fiscalización y del procedimiento electoral correspondiente. |
| Cuestiona el cumplimiento de requisitos de una candidatura o lista. | Puede determinar que un candidato no continúe en la elección. |
| Es evaluada por el JEE. | Es evaluada por el órgano electoral competente. |
| La decisión puede ser apelada conforme al procedimiento. | La decisión también puede ser materia de impugnación según corresponda. |
La diferencia fundamental es que una tacha es un mecanismo de cuestionamiento, mientras que la exclusión constituye una decisión dentro del procedimiento electoral que puede impedir la continuidad de una candidatura.
¿Qué pasa si alguien no está de acuerdo con la decisión del JEE?
El sistema electoral contempla una segunda instancia.
Si una de las partes no está conforme con la resolución emitida por el JEE, puede presentar un recurso de apelación, siempre que se cumplan las condiciones y plazos establecidos.
En ese escenario, el caso puede llegar al Pleno del JNE, que actúa como segunda instancia en materia de justicia electoral.
El JNE informó recientemente que viene atendiendo recursos relacionados con las solicitudes de inscripción, tachas y otros medios impugnatorios dentro de las Elecciones Regionales y Municipales 2026. En una audiencia realizada el 1 de agosto, por ejemplo, el Pleno atendió 80 expedientes, de los cuales 77 correspondían a apelaciones relacionadas con solicitudes de inscripción de candidatos, uno a una apelación de tacha y dos a otros medios impugnatorios.
Esto demuestra que la etapa de inscripción no termina con la decisión inicial de los JEE.
¿En qué etapa se encuentra actualmente el proceso?
Este punto es especialmente importante para entender la situación actual.
El cronograma original establecía el 20 de agosto de 2026 como fecha límite para que los JEE resolvieran en primera instancia las tachas y exclusiones.
Sin embargo, debido a la elevada carga procesal, el Pleno del JNE acordó ampliar hasta el 23 de agosto el plazo para que los JEE resolvieran estos procedimientos.
La siguiente fecha relevante es el 4 de septiembre de 2026, cuando vence el plazo para resolver las apelaciones sobre tachas y exclusiones.
Posteriormente, el 5 de septiembre está establecido como fecha límite para que las candidaturas queden inscritas definitivamente.
El calendario, en sencillo:
23 de agosto:
Fin del plazo ampliado para que los JEE resuelvan en primera instancia las tachas y exclusiones.
4 de septiembre:
Fecha límite para resolver las apelaciones sobre tachas y exclusiones.
5 de septiembre:
Fecha límite para que las candidaturas queden inscritas.
3 de octubre:
Fecha límite para la exclusión de candidatos por situación jurídica.
4 de octubre:
Día de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
¿Por qué el 5 de septiembre es una fecha importante?
Porque ese día representa uno de los principales hitos para conocer cuáles son las candidaturas definitivamente inscritas.
Hasta antes de esa fecha pueden existir procedimientos pendientes de resolución o recursos que todavía formen parte del proceso electoral.
Por eso, cuando un ciudadano encuentre información sobre una candidatura en redes sociales, medios de comunicación o incluso publicaciones anteriores del proceso, es recomendable verificar si la situación de esa candidatura se mantiene vigente.
El JNE cuenta con una plataforma específica para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 en la que se puede consultar el cronograma, normativa, candidatos y diferentes herramientas de información electoral.
Consulta la plataforma oficial del JNE para las Elecciones Regionales y Municipales 2026
¿Qué pasa con las hojas de vida de los candidatos?
Las hojas de vida constituyen una de las fuentes oficiales que permiten conocer información declarada por las candidaturas.
Durante el proceso electoral, el JNE realiza acciones de fiscalización sobre esta información.
La institución informó que continúa fiscalizando las hojas de vida de los candidatos para comunicar a los JEE cualquier situación que pueda constituir un impedimento para postular y que pueda dar lugar a las decisiones correspondientes.
Por ello, para el elector no basta con conocer el nombre de un candidato. También es útil revisar la información oficial que haya sido presentada ante el organismo electoral.
¿Todas las observaciones significan que un candidato queda fuera?
No.
Este es probablemente uno de los puntos más importantes para evitar confusiones.
Una tacha presentada no equivale a una tacha fundada. Del mismo modo, una controversia o procedimiento en trámite no significa necesariamente que una candidatura haya quedado excluida.
Cada expediente debe ser evaluado por la autoridad electoral correspondiente y, cuando corresponda, puede ser revisado en segunda instancia.
Por eso, expresiones como “candidato fuera de carrera” deberían utilizarse únicamente cuando exista una resolución que produzca efectivamente ese efecto y esta corresponda al estado procesal del caso.
Para un medio informativo o una plataforma como IMASOLU, la recomendación es distinguir siempre entre:
“se presentó una tacha”,
“el JEE resolvió la tacha”,
“la resolución fue apelada” y
“la decisión quedó firme”.
Son situaciones jurídicas diferentes.
¿Dónde puede informarse el ciudadano?
El ciudadano puede consultar directamente la información electoral publicada por el Jurado Nacional de Elecciones, incluyendo el cronograma, reglamentos, resoluciones, listas de candidatos y herramientas de consulta.
Jurado Nacional de Elecciones – Elecciones Regionales y Municipales 2026
También puede consultar la información de organización de la jornada electoral a través de la ONPE, que es la entidad encargada de organizar y ejecutar las actividades operativas de la elección.
La recomendación es utilizar siempre las fuentes institucionales para verificar la situación de una candidatura antes de compartir información.
¿Qué debería revisar un elector antes de las elecciones?
A medida que se acerca el 4 de octubre, una buena práctica será revisar tres aspectos:
1. Quiénes son los candidatos habilitados.
Consultar las plataformas oficiales y verificar que la candidatura se encuentre vigente.
2. Qué información han declarado.
Revisar las hojas de vida y, cuando corresponda, los planes de gobierno disponibles en las plataformas electorales.
3. Qué decisiones electorales ya son definitivas.
No confundir una solicitud, una tacha presentada o una resolución apelada con una candidatura definitivamente retirada del proceso.
Esta última diferencia será especialmente importante durante las semanas previas a la elección, cuando aumente la circulación de información electoral en redes sociales.
Un proceso que todavía está en movimiento
Las Elecciones Regionales y Municipales 2026 no llegan al 4 de octubre con las candidaturas definidas de manera inmediata. Existe un procedimiento previo destinado a revisar que las postulaciones cumplan las reglas electorales.
En este momento, la atención está puesta en la resolución de los procedimientos pendientes y en las apelaciones que puedan presentarse. El cronograma establece el 4 de septiembre como fecha límite para resolver las apelaciones sobre tachas y exclusiones y el 5 de septiembre como fecha límite para que las candidaturas queden inscritas.
Por ello, para el ciudadano, la principal recomendación es sencilla: no quedarse únicamente con una publicación o noticia aislada y verificar siempre la información en las plataformas oficiales del sistema electoral.
En IMASOLU ya hemos abordado otros aspectos de este proceso, como “¿Qué pasa cuando un candidato renuncia? Claves para entender las reglas de las elecciones municipales 2026”, donde explicamos las diferencias entre una renuncia, el retiro de una lista y las etapas que siguen dentro del procedimiento electoral.
En esta nueva nota, el objetivo es complementar esa información explicando qué ocurre después de la publicación de las candidaturas y antes de que estas queden definitivamente inscritas.